Violación del derecho de igualdad formal en el trámite del procedimiento abreviado.
Loading...
Date
Authors
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Abstract
En este trabajo investigativo titulado “Violación del derecho de igualdad formal en el trámite del procedimiento abreviado”, se realizará un análisis sobre la implementación de una reforma en los artículos 635 numeral 2 y 636 inciso primero del Código Orgánico Integral Penal, evitando la discrecionalidad que tiene fiscalía al momento de la solicitud del procedimiento abreviado. Para una mejor comprensión se debe distinguir las dos situaciones que podrían ocurrir antes de someterse a este procedimiento especial, esto es que fiscalía proponga a la persona procesada, el cual no es el estudio de caso, sino, viceversa, al momento que la persona procesada requiera la aplicabilidad del procedimiento abreviado, lo cual dejaría a discreción de fiscalía la aceptación del mismo, conllevando en caso de que sea aceptado solicitar al juzgador una audiencia donde se revisarán el cumplimiento de los requisitos, pero por otro lado, sino es aceptado por fiscalía, simplemente no se conocerá en ningún momento procesal el fuero interior de la persona procesada sobre la culpabilidad que desea aceptar y con esto recibir una pena reducida en sentencia, cumpliendo el Estado con el principio de celeridad y economía procesal. Precautelando además la igualdad procesal de las partes en el trámite del procedimiento abreviado. El principal hallazgo es la incorporación del derecho de igualdad formal en el momento de la solicitud del procedimiento abreviado facultando al procesado para solicitarlo ante el juzgador, evitando la discrecionalidad de fiscalía y con esto dar mayor control al juzgador.
Description
El Ecuador es un Estado Constitucional de derechos y justicia donde prima el respeto a las leyes, principios, garantías constitucionales, que salvaguardan la integridad en su conjunto de ciudadanos nacionales y extranjeros quienes transiten en el país, teniendo como norma supra la Constitución conservando la misma jerarquía los Convenios y Tratados Internacionales sobre derechos humanos; para la presente investigación deberá primar los principios de celeridad y eficacia procesal dentro de la aplicación de la norma. Hay principios rectores que contiene la Constitución y los recoge el Código Orgánico Integral Penal, siendo garantista de derechos la norma supra, estipula el principio de mínima intervención penal, el cual da bases fundamentales al procedimiento abreviado, que consiste en reducir la pena considerablemente al procesado, siempre que éste asuma la responsabilidad del hecho punible, un requisito obligatorio es que podrá tramitarse en los delitos cuya pena no supera los 10 años.
Citation
López Vulgarin Carlos Cristóbal. (2020). Violación del derecho de igualdad formal en el trámite del procedimiento abreviado. ECOTEC