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Título : La Falta de Tipificación del Delito de Estafa Digital por Redes Sociales en la Ciudad de Guayaquil durante los años 2020-2022.
Autor : Díaz Hidalgo, Israel Jordano
Palabras clave : Estafa
Digital
Delito
Penal
Código
Fecha de publicación : 2023
Citación : Díaz Hidalgo, Israel Jordano. (2023). La Falta de Tipificación del Delito de Estafa Digital por Redes Sociales en la Ciudad de Guayaquil durante los años 2020-2022. ECOTEC
Citación : DER-TG;107
Resumen : El presente trabajo de investigación se titula como: “La Falta de Tipificación del Delito de Estafa Digital por Redes Sociales en la Ciudad de Guayaquil durante los años 2020-2022”, cuye objetivo principal fue analizar las causas de estafas digitales por las redes sociales en el que influye la necesidad de incluirlas tipificadas en el Código Orgánico Integral Penal, en la ciudad de Guayaquil, durante el período 2020 – 2022, debido a que en la actualidad, no existe el delito de estafa digital en el Código Orgánico Integral Penal. La pregunta problemática que se planteó fue la siguiente: ¿La no tipificación del delito de estafa digital por redes sociales vulnera el derecho a la seguridad jurídica y defensa de las personas? Por su parte, la metodología que se implementó fue de una investigación jurídica con enfoque cualitativo, los tipos de investigación que se utilizaron fueron explicativa y descriptiva, se utilizó el método de recolección de datos de entrevista, donde se consultó las opiniones de abogados expertos en las materias de derecho penal y derecho informático. Una vez analizada toda la información del trabajo, se llegó a la conclusión de que existe la necesidad de reformar el Código Orgánico Integral Penal para establecer el delito de estafa digital dentro de la legislación ecuatoriana.
Descripción : Durante la pandemia COVID-19 en el período 2020-2022, hubo la necesidad de buscar vías alternas para la comunicación, educación, ventas y compras por los medios tecnológicos, el uso continuo de redes sociales, dio la confianza a la mayoría de las personas para poder acceder y permitir la compraventa de bienes por nuevos emprendimientos, algunos ficticios, arriesgándose el comprador a que no llegue el producto al destinatario, y el vendedor de no cumplirle con el pago exigido. Sin existir una imputabilidad de forma directa por el delito de estafa de redes sociales, el Código Orgánico Integral Penal establece el delito de estafa en el artículo 186 y en el artículo 190 por apropiación fraudulenta por medios electrónicos. Según estadísticas de la Fiscalía General del Estado, desde el 2020 al 2021 se han presentado más de 32.525 denuncias por estafas en internet en todo el Ecuador y, en Guayaquil 71 casos de apropiación fraudulenta por medios electrónicos.
URI : https://repositorio.ecotec.edu.ec/handle/123456789/764
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