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Título : Derecho a la resistencia en el Ecuador: alcance y problemática de su límite en el ejercicio legítimo en el periodo 2021-2022.
Autor : Lara Martínez, Pablo David
Palabras clave : Resistencia
Alcance
Límites
Legítimo
Doctrina
Fecha de publicación : 2023
Citación : Lara Martinez, Pablo David. (2023). Derecho a la resistencia en el Ecuador: alcance y problemática de su límite en el ejercicio legítimo en el periodo 2021-2022. ECOTEC
Citación : DER-TG;58
Resumen : En el año de 2008 la Constitución incorpora en su articulado número 98, el derecho a la resistencia, mismo que figura como un derecho propio por el mero hecho de ser humano, al encontrarse positivizado en la Constitución, se configura como uno de los deberes del Estado, el Estado tiene como finalidad hacer que se ejerza y respete el derecho que se está incorporando en su sistema legal. Al no contemplarse una interpretación clara sobre como realizar una ejecución adecuada sobre este derecho, nos encontramos ante un problema jurídico que se resuelve en base a la discrecionalidad de los jueces en el momento que se hace mención al mismo. Al hacer mención de un derecho que tiene como carácter la “resistencia”, es menester limitar su alcance de forma obligatoria, no solo por medio de la doctrina. En base a esto planteamiento, la Corte Constitucional en plenitud de sus facultades, debe encontrar la forma de aclarar este concepto sobre la legitimidad al momento del ejercicio del derecho a la resistencia, debido a que actualmente no se cuenta con uno, transformándose en distintas preguntas de como se debe proceder y de que forma podría ir en contra de la seguridad jurídica. El tipo de investigación aplicado en este trabajo es de tipo exégesis, mismo que se basa en la explicación de distintos autores o texto bíblicos, así también, se hace uso del tipo de investigación comparativo, que tiene como fin comparar distintos sistemas legales con la figura pertinente.
Descripción : La Constitución del 2008 incorporó en el artículo 98 el derecho a la resistencia, que, siendo un derecho moral y de naturaleza propia del ser humano, al estar plasmado en la Constitución se transforma en un deber del Estado, de ejecutar y revisar la ejecución del mismo. Sin embargo, al no estar correctamente tipificado, se presta a distintas interpretaciones según los conceptos del jurista en cuestión. Al haber introducido esta figura, conlleva distintas interrogantes sobre el uso de la misma, como bien son: Su alcance, como funciona, cuál es su relación con los demás derechos y garantías consagrados en el Constitución, y; como debería de ejecutarse la resistencia dentro del ámbito constitucional, mismo donde se encuentra la seguridad jurídica positivizada como un derecho.
URI : https://repositorio.ecotec.edu.ec/handle/123456789/647
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