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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorLeón Sánchez, Melanie Gabriela-
dc.date.accessioned2024-01-25T15:55:32Z-
dc.date.available2024-01-25T15:55:32Z-
dc.date.issued2023-
dc.identifier.citationLeón Sánchez, Melanie Gabriela. (2023). La Interpretación Prejudicial Obligatoria del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en Situaciones de Inadmisibilidad de Recurso Ulterior. ECOTECes_ES
dc.identifier.urihttps://repositorio.ecotec.edu.ec/handle/123456789/855-
dc.descriptionEn esta investigación se analiza la obligación que tiene el Juez nacional en solicitar la interpretación de la CAN cuando no cabe un recurso ulterior, suspendiendo de esa manera el procedimiento que se está llevando a cabo, por lo establecido en el artículo 33 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. La Corte Constitucional del Ecuador en su Sentencia No. 148-18-SEP-CC decide dejar sin efecto lo actuado por la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, disponiendo que la Sala realice la consulta de interpretación al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina por lo dispuesto en el artículo 33 del Tratado, lo que ha conllevado que en varias resoluciones, basándose en esta sentencia, soliciten la interpretación del Tribunal Andino.es_ES
dc.description.abstractEl presente estudio adoptó un enfoque cualitativo para analizar la sentencia No. 148-18-SEP-CC de la Corte Constitucional. En esta sentencia examinó la obligación que posee el juez nacional de solicitar una interpretación prejudicial al Tribunal Andino de la CAN cuando el proceso no sea susceptible a recuso ulterior. Por lo tanto, se realizó la búsqueda en tratados, reglamentos, estatutos y acuerdos que abordan dicho tema, con la finalidad de realizar una comparación con la interpretación realizada por la Corte, ya que en su sentencia se dejó sin efecto lo actuado por la Corte Nacional de Justicia, por la omisión de realizar la consulta al Tribunal Andino. Esta omisión causó que en las decisiones de los jueces de la Corte Nacional de Justicia que llevan procesos análogos declarara la nulidad a partir de la Audiencia Preliminar, remitiendo el proceso al Tribunal Distrital de origen, dado que las sentencias del Tribunal Distrital se basaron en normas andinas, tomando atribuciones que no les pertenecen. Por las razones anteriormente mencionadas, en esta investigación se revisaron los procesos No. 09501-2017-00610, 09501-2018-00227 y el 09501-2020-00230, donde se constató una vulneración al principio de celeridad, derecho a la seguridad jurídica y a la tutela judicial efectiva de los importadores. Esto se debe a que la Corte Constitucional ignoró que la interpretación prejudicial es un mecanismo que se utiliza cuando en una norma comunitaria exista duda u oscuridad, por lo que, el Tribunal se encarga de comunicar su alcance o significado, para una correcta aplicación de la misma.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.relation.ispartofseriesDER-TG;167-
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.subjectInterpretación Prejudiciaes_ES
dc.subjectValoración Aduaneraes_ES
dc.subjectControl Aduaneroes_ES
dc.subjectTribunal de Justicia de la Comunidad Andinaes_ES
dc.titleLa Interpretación Prejudicial Obligatoria del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en Situaciones de Inadmisibilidad de Recurso Ulterior.es_ES
dc.typebachelorThesises_ES
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